Esta modalidad está dirigida a personas menores sobre las que hay que intervenir de forma inmediata, con el fin primordial de evitar su ingreso en un centro de protección.
Es una medida de carácter transitorio que se promueve cuando existe una situación de crisis en la familia de origen de la persona menor.
Se promueve cuando no existe previsión de reintegración de la persona menor en su familia biológica y la situación aconseja su integración estable y duradera en otra familia.
Tanto el acogimiento temporal como el permanente pueden tener un carácter especializado para atender a niños, niñas o adolescentes que presentan necesidades especiales.